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lunes, 2 de marzo de 2015

Moción Hospital Virgen del Castañar Béjar

LORETO YUSTE RIVERA como portavoz  del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de EL BARCO DE AVILA al amparo de lo establecido en el art. 97 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales formulan, para su discusión y, en su caso, aprobación en el próximo pleno ordinario a celebrar en el mes de marzo de 2015, la siguiente
MOCIÓN:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, regula, en su Título III, la ordenación territorial del Sistema Público de Salud de Castilla y León.
La configuración territorial se organiza en Áreas de Salud, Zonas Básicas de Salud, demarcaciones sanitarias y, la misma ley establece, que podrán existir otras divisiones territoriales que puedan crearse en el futuro. De esta forma se configura el mapa sanitario de Castilla y León, como instrumento para la ordenación, planificación y gestión del Sistema Público de Salud de la Comunidad.
 En el Área de Salud como estructura de referencia, se organiza de manera que se asegure la atención sanitaria en todos sus niveles y coordinará los recursos. Cada Área de Salud contará con un hospital o complejo asistencial que ofrecerá los servicios adecuados a las necesidades de la población.
En su artículo 15 de la ley configura la Zona Básica de Salud como el marco territorial y poblacional donde se desarrollan las actividades sanitarias de la Atención Primaria. La modificación introducida a este artículo por el Decreto-ley 2/2012, de 25 octubre, por el que se adoptaron medidas urgentes en materia sanitaria supone que las actividades sanitarias de Atención Primaria podrán desarrollarse fuera de la ZBS que territorialmente corresponda "cuando existan servicios o recursos comunes para varias ZBS". El Art. 15.4 establece que "La Consejería competente en materia de sanidad podrá determinar la existencia de Zonas Básicas de Salud Especiales, atendiendo a factores excepcionales relacionados con dificultades viarias de comunicación, con aspectos de tipo demográfico, social o económico que lo hagan recomendable". Y el Art. 17 contempla la posibilidad de establecer "Otras divisiones territoriales, cuando existan razones geográficas o de racionalización y eficiencia de los servicios que lo justifiquen, se podrán crear otras divisiones territoriales a fin de mejorar la organización y accesibilidad a las prestaciones sanitarias o la propia ordenación funcional".
De este modo, en Castilla y León, ya hay 72 municipios, considerados como entidades singulares que pertenecen, están adscritos, a una Zona Básica de Salud perteneciente a otra provincia. Al igual que hay un número importante de municipios que pertenecen a varias ZBS al mismo tiempo. O existen convenios sanitarios firmados con otras Comunidades Autónomas limítrofes que permiten la prestación de asistencia sanitaria a los ciudadanos independientemente de la comunidad autónoma en la que residan.
El Art. 13.3 establece que; "La organización territorial deberá asegurar la continuidad de la atención en sus distintos niveles y promover la efectiva aproximación de los servicios al usuario así como la eficiencia y coordinación de todos los recursos".
La Zona Básica de Salud de Barco de Ávila, comprende a 28 municipios y 79 localidades, con una población TSI de 6.086, su Hospital de Referencia es el Complejo Asistencial de Ávila. Muchos de los municipios que componen estas Zonas Básicas de Salud, tanto en la provincia de Salamanca como en la de Ávila, están mucho más cerca del hospital de Béjar que de sus hospitales de referencia, que en muchos casos triplican la distancia en kilómetros, por lo que sería mucho más razonable que pudieran recibir los servicios de asistencia sanitaria especializada programada, tanto en régimen ambulatorio como de internamiento, y asistencia urgente en el Hospital Virgen del Castañar de Béjar.
Es fundamental adaptar la prestación y atención sanitaria a la realidad geográfica de la Comunidad, que permita y facilite el acceso a los ciudadanos en las mejores condiciones a la ZBS más cercana y accesible según su residencia.
Es por ello que tras la aprobación de la PNL presentada en la la Comisión de Sanidad de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 19 de septiembre de 2014, con motivo del debate de la Proposición No de Ley, PNL/000912, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D. Fernando Pablos Romo, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D.ª María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez, D.ª María Mercedes Martín Juárez y D. Fernando María Rodero García, instando a la Junta de Castilla y León a incorporar a los municipios que así lo demandasen de las provincias de Salamanca y Ávila, al área de atención especializada y hospitalaria del hospital Virgen del Castañar de Béjar, y publicado en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 302, de 18 de septiembre de 2013, donde se aprobó la siguiente resolución:
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a incorporar a los municipios que así lo demanden de las provincias de Salamanca y Ávila, al área de atención especializada y
hospitalaria del Hospital Virgen del Castañar de Béjar."

El Grupo Socialista con objeto de mejorar la prestación y atención sanitaria, plantea la siguiente MOCIÓN EN PLENO
"El pleno del Ayuntamiento de EL BARCO DE AVILA aprueba por unanimidad que se inste a la Junta de Castilla y León a la incorporación de este municipio, al área de atención especializada y hospitalaria del Hospital Virgen del Castañar de Béjar".
“Que se dé traslado a la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León a los efectos oportunos”
Fdo. LORETO YUSTE RIVERA
El Barco de Ávila , 2 de marzo de 2015

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